El yaco, categoría CITES I, cómo legalizar a nuestros amigos emplumados

El yaco, categoría CITES I, cómo legalizar a nuestros amigos emplumados

Como muchos sabéis, desde Enero de 2017 los yacos han pasado del apéndice del CITES II al CITES I. Esto, a efectos prácticos, significa que hay que llevar un mayor control sobre ellos y hay que tener todos los papeles legales en orden para poder mantenerlos en cautividad, tengamos nuestro Yaco desde hace 1 año o desde hace 40.

Autor Alejandro Martín azureus

Alejandro Martín 

 

 

 

El Psittacus erithacus es una psitácida (loro) más comúnmente conocido como Yaco o loro gris de cola roja y es una de las aves más comúnmente mantenida en cautividad como mascota. Su carácter imitador bien le ha otorgado ser uno de los loros más demandados por todos aquellos que quieren iniciarse en el mundo de las mascotas y de las aves. Aunque bien es cierto que muchos tienen un fuerte carácter y no suelen aceptar a todos los miembros de la familia por igual, esto no lo ha desbancado del número 1 de la lista de loros de mediano tamaño más mantenidos en cautividad en el mundo.

¿Y qué ha cambiado ahora?

Se llevaba especulando tiempo con la posibilidad de que el Yaco cambiara de categoría en CITES y pasara a estar más protegido. No obstante, no ha sido hasta el 1 de Enero del 2017 cuando la legislación ha cambiado. Desde entonces, los Yacos han pasado a estar dentro del apéndice I del CITES, por lo que su tenencia, comercialización y cría está más controlada que antes y las autoridades competentes tienen que dar autorización para su mantenimiento en cautividad.

 

Pero… ¿Qué es eso del CITES?

El CITES son las siglas en inglés de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, y es un acuerdo de carácter internacional entre diferentes gobiernos (no están todos, es de carácter voluntario, aunque los miembros que están vinculados al CITES deben cumplir sus normas). El CITES se firmó en Washington en 1973 y entró en vigor en 1975. Por ello, también se le conoce como el Convenio Internacional de Especies de Washington.

Porque queremos seguir viendo bandadas de yacos salvajes como los que se muestran en este vídeo es tan importante preservar y evitar la captura de animales salvajes. Y aquí es donde entra en juego CITES y las restricciones en el comercio de dicha especie a nivel mundial.

 

El objetivo del CITES es proteger las especies de flora y fauna que puedan estar amenazadas por el comercio internacional, y que dicho comercio no amenace la supervivencia de las especies. En la actualidad están dentro de algún apéndice del CITES más de 30.000 especies de animales y plantas y desde que se puso en marcha ninguna especie dentro de sus apéndices se ha extinguido (por lo que sí que se ha demostrado su gran efectividad a pesar de que requiere puntualmente de ciertas mejoras en sus sistemas).

Dentro de cada país miembro de la convención pueden existir leyes que sean más restrictivas que las propias dictadas por el CITES, pero como mínimo tienen que cumplir las que marque el CITES (por lo tanto, aunque el CITES nos marque una cosa, en cada país hay que informarse de si las leyes son más restrictivas acerca de la tenencia de ciertas especies concretas).

 

El Yaco es un loro que se encuentra en estado salvaje en las zonas centrales y selváticas de África y cuya supervivencia en el medio natural está gravemente amenazada por la caza furtiva

 

¿Y por qué ahora?

Las restricciones sobre el comercio de yacos vienen siendo cada vez más restrictivas desde el año 2000, pero no ha sido hasta el año 2016 cuando se ha visto que las poblaciones de yacos salvajes estaban en un peligro crítico de supervivencia para la especie. Es por ello que la obligación de registro y legalización de los animales mantenidos en cautividad se ha iniciado en el año 2017 con la inclusión de la especie en la categoría I de CITES.

 

Pero mi yaco está criado en cautividad… ¿Por qué tengo que legalizarlo?

Las normas que establece CITES son muy claras. TODO animal perteneciente a una especie protegida tiene que llevar asociada una documentación para comprobar que su tenencia es legal y que no se ha conseguido dicho ejemplar por vías distintas a las establecidas (esto es, que sea criado en cautividad, con anilla cerrada o microchip y que tenga todos sus documentos en regla, con el fin de evitar la comercialización de animales salvajes que vienen de captura). Si tu yaco ya ha sido registrado y legalizado, verás que en la factura de compra de tu animal o en su documento de cesión aparece explícitamente dicho registro (si no viene claramente, es que no se ha registrado).

 

¿Qué tengo que hacer para poder mantener mi yaco legalmente?

Todos los yacos criados en cautividad deben tener anilla cerrada y legible, donde se indica normalmente el nº del criador, el número de la serie y el año de nacimiento.

Todos los yacos criados en cautividad deben tener anilla cerrada y legible, donde se indica normalmente el nº del criador, el número de la serie y el año de nacimiento.

En primer lugar, tienes que rellenar unos formularios y acreditar ciertos puntos acerca de tu mascota, y en segundo lugar tienes que revisar qué oficina del SOIVRE (que es el organismo oficial que se encarga de la tramitación de CITES) es la que te toca según el lugar donde vivas (puedes encontrar un listado completo de las oficinas del SOIVRE aquí). Vamos a ir resumiendo punto por punto cada cosa:

  1. Lo primero que necesitas son los papeles de compra de tu animal. Lo ideal es una factura de compra de la tienda o del criador donde lo hayas comprado. También es válido un documento de cesión. En este documento, desde el 2015, normalmente los criaderos indican también la procedencia y la identificación de los padres, para llevar a cabo un registro más exhaustivo. Si no tienes los papeles de compra, sigue leyendo, que explicamos cómo proceder más abajo, aunque será más difícil inscribirlo.
  2.  Tu yaco tiene que tener OBLIGATORIAMENTE anilla cerrada LEGIBLE o microchip implantado. Si no tienes ninguna de estas dos cosas, se complica el proceso de registro y legalización. (Si no tiene, tiene anilla abierta o no se lee la anilla, sigue leyendo por favor y encontrarás el apartado donde indicamos qué hacer).
  3. Lo siguiente es conseguir los documentos a presentar en SOIVRE para legalizar a nuestro animal y registrarlo. Podéis ver todos los modelos oficiales aquí y nuestro modelo concreto en ESTE ENLACE (este papelito en teoría rondará los 20 €, puedes ver las tasas en esta web).
  4. Y por último, mandar toda la documentación a la oficina del SOIVRE correspondiente (aquí puedes ver qué oficina te toca). En el caso de Extremadura, la oficina SOIVRE que nos toca es la de Sevilla:
    Dirección Territorial de Comercio – SOIVRE

     

    Avda. Santa Clara de Cuba nº 4, naves 13 y 14
    41007 SEVILLA
  5. Lo siguiente es esperar a que el SOIVRE confirme su registro y/o notifique alguna incidencia.

ATENCIÓN: ACTUALIZACIÓN 2023:

Muchos clientes que inician los trámites para la legalización de su mascota nos están indicando que en los teléfonos de las oficinas del CITES / SOIVRE les están redirigiendo al teléfono del MITECO (Ministerio de Transición Ecológica) para la realización de los trámites necesarios para dicha legalización. En ese caso, los teléfonos de atención al ciudadano son el 91 597 65 77  o bien el  91 597 65 78. 

 

Pero mi yaco está criado en cautividad… ¿Por qué tengo que legalizarlo?

Porque una vez que una especie entra en la categoría I de CITES automáticamente todos los animales mantenidos en cautividad de esa especie tienen que estar sometidos a un registro riguroso para saber con exactitud cuántos animales de dicha especie hay en cada país. Y esto es totalmente obligatorio, no hay ninguna excepción. Si no quieres registrarlo y legalizarlo te expones a una multa, y no son precisamente de risa, puedes ver los diferentes tipos de sanciones en esta sección , y pueden ir desde los 6.000 €en adelante, además de tipificarse como un posible delito de contrabando de especies amenazadas. Como ves a todas luces, aunque lleve un rato y nos cueste algo de dinero, es mucho mejor registrarlo y legalizarlo.

Nuestra yaco poniendo poses para la cámara :)

Nuestra yaco poniendo poses para la cámara 🙂

Mi yaco lleva conmigo más de 20 años y no tengo papeles de ningún tipo que certifiquen su origen ¿Qué hago?

En primer lugar, tienes que saber que vas a tener más dificultades para registrarlo y legalizarlo que aquellos propietarios que sí tienen papeles (te pueden pedir más cosas). Cuando hemos hablado con la oficina de nuestra zona (en nuestro caso, con la de Sevilla) nos han comentado que evaluarán CASO por CASO. Para ayudar y facilitar todas las gestiones y el registro y legalización de tu mascota te recomendamos muy encarecidamente que, junto a la solicitud de registro y legalización añadas:

  • Fotografías del animal, tanto actuales como de cuando pasó sus primeros días en casa (¿quién no se ha hecho una foto con Currito en casa?). Son ideales las fotos originales que lleven marcada la fecha de impresión por detrás, como antiguamente se hacía. Y es muy recomendable que el animal aparezca junto a algún miembro de la familia para contrastar que lleva en casa los años que se indican en la solicitud de registro. Intenta evitar las fotos en las que solo aparezca el animal y no aparezca ningún elemento más que de pistas o detalles sobre la edad del loro.

 

  • Ponle un microchip a tu animal si no tiene anilla cerrada, si tiene anilla abierta o si la anilla no se puede leer.

 

  • Realiza un escrito declarando que te haces cargo de los cuidados del animal, que lo vas a cuidar de manera correcta y a mantener en posesión, declarando expresamente que no lo vas a vender, ceder o criar (de estos 3 supuestos, solo se aceptaría la cesión a un nuevo propietario por una causa de fuerza mayor, como sería la defunción del propietario anterior).

 

Mi yaco tiene una anilla cerrada, pero apenas pueden verse los números. ¿Debo ponerle microchip?

La legislación es muy clara en este punto. Si hay dificultades para leer la anilla, no puede identificarse bien al animal, por lo tanto debe implantarse un microchip (las anillas cerradas solo pueden ponerse en las aves cuando el animal es un pollo, y es inviable intentar colocarle una anilla cerrada a un animal adulto). Una vez puesto el microchip (siempre en un veterinario bajo sedación, por favor!) se puede retirar la anilla cerrada y el veterinario que implanta el microchip podrá realizarte un escrito en el que confirme que a tu mascota se le ha puesto un microchip con el número XXXX al no poder leerse su anilla (a nuestros pacientes siempre les leemos la anilla el primer día que entran por la consulta, por lo que además podemos certificar el número concreto que tenía la anilla que retiramos).

Si tu yaco tiene una anilla abierta, te recomendamos encarecidamente que le pongas un microchip. Será más fácil su registro y legalización y es un paso indispensable para realizar dicho registro (así que ahorra tiempo e implanta un microchip a tu mascota ANTES de tramitar la documentación).

 

Cómo rellenar correctamente la solicitud de tenencia:

En el pdf que puedes descargar en ESTE ENLACE tienes que rellenar correctamente los datos. Vamos paso por paso para que no haya errores (imprime el formulario y vete siguiendo los pasos por favor, que será mucho más sencillo):

Sección 1: Datos del solicitante. Nombre y apellidos de la persona que quiere registrar el yaco. Además hay que poner la dirección completa (Calle, nº, piso, ciudad, código postal, provincia y país).

Al lado de la sección 1, marca la casilla «certificado de adquisición legal» si tu yaco es una mascota, marca la casilla «certificado para actividades comerciales» si eres un criador.

Sección 2: Solo tienes que rellenarlo si tu animal es de origen salvaje y lo has comprado después de 1997. (en la inmensa mayoría de los casos, este apartado se deja vacío, ya que la inmensa mayoría de los yacos comprados desde el 2000 en adelante son criados en cautividad).

Sección 3: Hay que poner detalladamente el nº de anilla o el nº de microchip, el sexo del animal si se conoce y la fecha de nacimiento del individuo en cuestión.

Sección 5 y 6: Poner el peso del animal en kilogramos (normalmente 0.4-0.6 kg según el yaco y lo gordo que esté 🙂 ) y la cantidad (generalmente 1 ejemplar). Ojo, si queremos legalizar más de un animal, en la sección 3 deberemos indicarlos UNO por UNO.

Sección 7: Tenemos que poner CITES I.

Sección 8: Tenemos que poner Anexo A (puedes comprobarlo en esta página https://speciesplus.net/#/ buscando el nombre científico Psittacus erithacus y comprobando en qué anexo está en el apartado EU listing).

En cuanto los dejas un momento nuestros pimpollos saben muy bien qué saco de comida prefieren como premios

En cuanto los dejas un momento nuestros pimpollos saben muy bien qué saco de comida prefieren como premios

Sección 9: Esta es más peliaguda. La desglosamos para que escojas la opción más acertada para ti:

  • Si el animal ha sido criado en cautividad y los padres y el criadero cumplen con la normativa vigente (normalmente esto son criadores profesionales o empresas que se dedican a la cría) : tienes que poner la letra «D».
  • Si el animal ha sido criado en cautividad pero desconoces si el criadero cumplía los requisitos establecidos (normalmente cuando se compra a criadores pequeños): tienes que poner la letra «C»
  • Si el animal es salvaje y fue comprado antes de 1997: tienes que poner la letra «W».
  • Si desconces el origen de tu animal, no tiene anilla cerrada ni ningún papel de compra o cesión: tienes que poner la letra «U».
  • Si quieres más info, puedes leer la normativa europea aquí, pero te aviso: ¡es un tostón! (Tostón aquí)

Sección 10: El país de donde vienen los animales (en nuestro caso o bien será España o bien será Portugal en la mayoría de los casos, según donde se haya comprado el animal).

Sección 11 y 12: Normalmente se rellena en casos de animales salvajes. Si tienes una factura, indica la fecha de la factura y el número de la misma. Si tienes un documento de cesión, indica la fecha del documento y rellena la sección 11 con «CESION».

Secciones 13, 14 y 15: Solo se rellenan si tienes un permiso de importación del país que recibió el loro dentro de la unión Europea (normalmente cuando vienen de vida salvaje o de terceros países). En la inmensa mayoría de los casos, esto se deja en blanco (rellénalo

Sección 16 y 17: Nombre científico del yaco: Psittacus erithacus. Nombre común: Yaco. (después de lo anterior, esta es la más fácil 🙂 )

Sección 18: En esta sección deberías marcar la opción que más se ajuste a la procedencia de tu yaco. Lo detallamos:

  • Si tu yaco es salvaje y lo has traído desde el país de origen hace años, marca la opción «a» (rarísimo).
  • Si tu yaco es criado en cautividad marca la opción «c» (la mayoría de los casos).
  • Si has comprado tu yaco en la Unión Europea y no sabes si viene de cría, marca la opción «d» (lo más común).
  • Si compraste tu yaco antes de 1997 por alguna vía legal (comercio, etc.) marca la opción «e».

Sección 19: En esta hay que marcar la opción que se desee, pero en el caso de animales mantenidos como mascotas, habría que marcar la opción «d»: -destinar los especímenes para […] finalidades no perjudiciales.- (su tenencia en cautividad como mascota)

Sección 20: Datos de quien solicita el documento de tenencia, la firma y el lugar y la fecha. En observaciones aquí recomendamos que para todos aquellos que no tengáis los documentos de compra o cesión, especifiquéis de manera muy clara de dónde viene vuestro yaco, desde hace cuánto lo tenéis, expliquéis por qué no tenéis los papeles de compra o cesión y hagáis un escrito declarando que lo vais a mantener como mascota sin intenciones de vende

Además hay que adjuntar los documentos de compra / cesión, así como otros documentos que acrediten que nuestro yaco ha sido criado en cautividad  y tiene un origen legal o aquellos otros documentos que justifiquen que es vuestra mascota y no tiene un origen ilícito (las fotos que hemos comentado antes).

 

Recuerda que tienes todo el año 2017 para rellenar y enviar la solicitud. A partir de dicha fecha será mucho más difícil realizar el registro y la legalización, por lo que te recomendamos que no lo dejes en el olvido.

 

Esperamos que toda esta información os sea de utilidad y os facilite la vida para registrar y legalizar a vuestra querida mascota 🙂  Y si tenéis dudas, ya sabéis, solo tenéis que poneros en contacto con nosotros.

 

Como extra, os dejamos un modelo de solicitud rellena para que veáis que aunque es mucha información, luego no se tarda más de 5 minutos en rellenar 😉

Modelo de solicitud rellena para yacos CITES I

Modelo de solicitud rellena para yacos CITES I

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8 agosto, 2017 Artículos, Artículos aves, Artículos interesantes top, Aves, Clínica veterinaria, Exóticos, Generales , , , , , , , , ,

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